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El Estado uruguayo perdió el litigio internacional iniciado por la empresa panameña Latin American Regional Aviation Company Holding (Larah), exaccionista de Pluna, por el cierre de la exaerolínea de bandera uruguaya en 2012.
Según el fallo del International Centre for Settlement of Investment Dispute (CIADI), organismo dependiente del Banco Mundial, existió intencionalidad de liquidar Pluna por parte del Estado perjudicando a la demandante.
El organismo dispuso una indeminización de 30 millones de dólares de indemnización a la empresa panameña, con una multa por incumplimiento prevista en 500 mil dólares por día.
Entre los aspectos considerados para llegar a la resolución, el tribunal internacioonal considerò el rechazo por parte de Pluna ente autònomo al financiamiento de 30 millones de dólares que ya estaba pre aproboado por sus socios. Pluna estaba conformado en un 75% por Sociedad Aeronáutica Oriental (SAO), que integraba la empresa demandante y el 25% restante por Pluna Ente Autónomo. También se consideró para la resolución de condena el rol que jugó Ancap como suministrador de combustible de la empresa, por entender que tambièn presionó para forzar el cierre.