En el marco del seguimiento permanente de la evolución de los mercados y con el objetivo de dar respuesta a los nuevos desafíos, la Superintendencia de Servicios Financieros (SSF) del Banco Central del Uruguay (BCU) dispuso una adaptación normativa sobre el uso de cuentas globales por parte de los intermediarios de valores con el objetivo de fortalecer la protección de los inversores, mejorar la calidad de la información que reciben y reforzar los controles cuando se utilizan este tipo de cuentas.
Los principales cambios implican un refuerzo en las restricciones. No se podrán generar saldos negativos por cliente ni utilizar activos de un cliente para cubrir obligaciones propias o de terceros. Si las cuentas globales se abren en instituciones financieras del exterior, deberá tratarse de instituciones reguladas y supervisadas. También plantea exigencias adicionales en situaciones de mayor complejidad o riesgo, como la operativa de personas vinculadas al intermediario, fijándose requisitos específicos para las cuentas destinadas a operativa con margen o exigencia de garantías, que se deben mantener segregadas de las demás cuentas globales.
Mejora en la información al inversor: los intermediarios deberán explicar claramente cómo funcionan estas cuentas, sus riesgos y contar con el consentimiento previo e informado de sus clientes. Los estados de cuenta deberán enviarse mensualmente e incluir más información. La auditoría externa incorporará los procedimientos y la revisión de esta operativa. Además, se refuerza el marco de supervisión estableciendo sanciones específicas ante incumplimientos.
Esta actualización de la normativa recoge aportes de la industria surgidos del proceso de consulta pública y se enmarca en los objetivos estratégicos del BCU de responder a los desafíos que plantea la transformación de los mercados, mediante un marco regulatorio moderno y ajustado de forma continua a la evolución del sistema financiero y que contribuya a un mercado de valores basado en los principios de transparencia y confianza.
Las cuentas globales son aquellas en que los intermediarios agrupan fondos o valores de distintos clientes, quienes mantienen la propiedad de sus activos, con el objetivo de acceder a mejores condiciones debido al aumento del volumen transaccional. La reforma regulatoria define estas cuentas y establece reglas y controles claros y expresos para su uso, con foco en reducir riesgos operativos que impacten en el inversor, más allá de que éste mantiene la potestad de decidir el nivel de riesgo sustantivo que elige asumir con su inversión, de acuerdo con las instrucciones que imparte al intermediario.
Fuente: BCU